Tras más de 3 semanas desde que se decretara el estado de alarma en España, el sector bancario y financiero ha anunciado nuevas medidas para que muchos clientes con dificultades económicas derivadas del COVID-19 puedan hacer frente a las hipotecas y préstamos personales.
Las diferentes entidades que conforman la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), han llegado a un acuerdo para conceder una moratoria hipotecaria a personas afectadas y que no cumplen los criterios para beneficiarse de la aprobada por el Gobierno en el Real decreto del pasado 17 de marzo.
¿Qué plantea esta medida?
- Aplazamiento de hasta 12 meses en las hipotecas a la vivienda habitual, durante este periodo, los clientes pagarán únicamente los intereses del crédito, defiriendo la amortización del principal.
- Aplazamiento de hasta 6 meses en los préstamos al consumo, plazo ampliado respecto a las últimas medidas aprobadas por el Gobierno.
¿Cuáles serán las condiciones de esta moratoria?
Se trata de un acuerdo de las patronales que será voluntario para los diferentes bancos y cajas de ahorros y será aprobado en los próximos días por los consejos de cada entidad bancaria.
Cada banco o caja decidirá bajo qué criterios se podrán beneficiar sus clientes de la medida y cuál será la fórmula definida para el retorno del capital aplazado.
¿Cómo se podrá devolver el capital aplazado?
Las diferentes opciones que se plantean para el retorno del capital incluyen: préstamos personales, ampliaciones o modificaciones del propio préstamo hipotecario u otras formas a determinar, dependiendo del criterio de cada entidad.
En cualquier caso, deberá ser el cliente interesado en beneficiarse de esta medida el que deberá comunicarlo a su banco o caja de ahorros y aportar la documentación necesaria. En los próximos días conoceremos más sobre las medidas que ha ido adoptado cada entidad financiera.