Para tramitar la cancelación de la hipoteca, según la ley hipotecaria en España, una vez saldada la deuda con el banco, con el pago de la última cuota, esta no queda cancelada. El préstamo sigue existiendo en el registro de la propiedad durante los siguientes 20 años, cuando se cancelaría automáticamente, a no ser que lo haga activamente el propietario.
Aunque cancelar la hipoteca no es obligatorio puede provocar pequeñas molestias en el futuro. Por ejemplo, si quisiéramos vender la vivienda en el momento de la escritura debería estar cancelada, de lo contrario no estaría libre de cargas y esto podría suponer un importante retraso.
¿Qué pasos hay que seguir para cancelar totalmente una hipoteca?
- Solicitar al banco el Certificado de deuda cero: documento gratuito que acredita que se ha terminado de pagar la hipoteca.
- Entregar el certificado de deuda cero a la notaría para firmar la escritura pública de cancelación del préstamo. Los gastos de gestoría o notario dependerán del importe inicial del préstamo.
- Solicitar y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en una delegación de Hacienda de nuestra comunidad autónoma. Se trata de un paso obligatorio que está exento de pago.
- Acudir al Registro de la Propiedad para hacer efectiva la cancelación con la copia del impuesto, el certificado de deuda cero y la escritura. Con este último paso inscribiremos la cancelación de la hipoteca en el Registro y dejará de existir carga alguna sobre la propiedad registral. Los aranceles registrales dependerán del valor de la hipoteca.